ESTAMOS ANTE UN PROYECTO
HEGEMÓNICO
VINCULADO CON LOS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN" .Durante el tratamiento del proyecto de ley de reglamentación del Per Saltum hoy en la Cámara de Diputados, el diputado nacional Carlos Brown manifestó su voto negativo al mismo y su acompañamiento al dictamen de la minoría, el cual estipula que “dicho instituto no puede ser utilizado respecto de aquellas resoluciones que desvirtúan la excepcionalidad que merece el caso”.
En sus fundamentos, el Dr. Brown afirmó: “Estamos ante la creación de un nuevo recurso extraordinario, por salto de instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, sin perjuicio de su análisis jurídico y su eventual procedencia, hoy se pretende sancionar sólo por razones de urgencia política, vinculadas con un claro intento de manejar hegemónicamente los medios de comunicación”.
Asimismo, expresó que el apartarse de las competencias, de las instancias o de los procedimientos establecidos para resolver cuestiones de esta índole “significa desconocer, olvidar y contrariar la clara disposición de nuestra Constitución nacional”, y en ese sentido “es indispensable acotar la procedencia del instituto Per Saltum, adoptando un criterio estricto de aplicación del mismo”.Gracias por su difusión.
Más información: http://carlosbrown.com.ar/?p=1957 y http://youtu.be/OOtQB1WYzBQ
Prensa diputado nacional Carlos Brown
www.carlosbrown.com.ar
En sus fundamentos, el Dr. Brown afirmó: “Estamos ante la creación de un nuevo recurso extraordinario, por salto de instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, sin perjuicio de su análisis jurídico y su eventual procedencia, hoy se pretende sancionar sólo por razones de urgencia política, vinculadas con un claro intento de manejar hegemónicamente los medios de comunicación”.
Asimismo, expresó que el apartarse de las competencias, de las instancias o de los procedimientos establecidos para resolver cuestiones de esta índole “significa desconocer, olvidar y contrariar la clara disposición de nuestra Constitución nacional”, y en ese sentido “es indispensable acotar la procedencia del instituto Per Saltum, adoptando un criterio estricto de aplicación del mismo”.Gracias por su difusión.
Más información: http://carlosbrown.com.ar/?p=1957 y http://youtu.be/OOtQB1WYzBQ
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