Polémica por una iniciativa.
de Zaffaroni para reformar
el Código Penal.
Por Claudia Peiro
Crédito foto: Télam
Su madre, la filósofa Diana Cohen Agrest, denunció que el anteproyecto de reforma del Código Penal que impulsa el juez de la Suprema Corte Raúl Zaffaroni contiene “modificaciones que van a contracorriente de los reclamos ciudadanos, pues sancionará un ordenamiento jurídico que desconoce el poder disuasorio del castigo”.
Además de la composición marcadamente garantista de la comisión que reformará el Código (ver puntos importantes), el otro motivo de discordia que surgió en las consultas realizadas por Infobae.com es el de la oportunidad de esta reforma. El abogado penalista Eduardo Gerome fue categórico: “No creo que sea necesaria una reforma, quizá sí un ordenamiento, pero una reforma trae aparejados cambios en la orientación del derecho penal y eso no es lo que necesitamos en este momento”.
La misma preocupación expresó su colega José Scelzi: “Lleva tiempo crear una masa crítica en torno a los conceptos que deben regir las instituciones respecto a los delitos conocidos por todos: contra la vida, el honor, la libertad, el patrimonio, etcétera. Sobre estas figuras, las posibilidades de reforma son muy reducidas, casi cosméticas. En todos los proyectos anteriores hay un denominador común: prácticamente no se altera la matriz de los delitos esenciales. Una reforma tiene que ser muy acotada porque la seguridad jurídica exige que las normas tengan estabilidad en el tiempo. Como el derecho crea una presunción que descansa sobre la idea de que todos los ciudadanos conocen la ley, es necesario que se mantenga estable; si se modifica radicalmente el Código Penal, eso haría que ni los especialistas conozcan su contenido por lo menos por una década”.
“No hay que sentirse llamado a realizar una revolución en la materia sino encarar un proceso de reforma con un espíritu de prudencia y sin anteponer las aspiraciones académicas de ninguno de los integrantes de la comisión a las necesidades reales de la sociedad”, agregó Scelzi, en evidente alusión a Zaffaroni.
Consultado por este medio, Ricardo Gil Lavedra, integrante de la comisión, señaló que críticas como la de Cohen Agrest parten de “un doble equívoco”: “Primero, pensar que la situación de inseguridad la resuelve el Código Penal, cuando en realidad eso depende de políticas públicas para establecer una ciudadanía más respetuosa de la ley, una policía eficiente y honesta, un servicio de justicia que actúe con prontitud y un sistema carcelario que cumpla su función. El segundo equívoco es el de que las penas tienen necesariamente un peso disuasivo en punto a su magnitud. Partiendo de esas dos premisas se puede creer que una reforma del Código debe tender a establecer penas muy duras. Pero hoy tenemos una situación grave de inseguridad pese a todas las reformas Blumberg”.
Sobre esto, el doctor Gerome dice que “es muy cierto aquí y en todo el mundo que si la ley no se cumple ni hay quien la haga respetar, obviamente no se soluciona el problema”. Pero denuncia que “en este momento los jueces están en una carrera por ver quién es más permisivo en el tratamiento de los delincuentes y van encontrando permanentemente nuevas interpretaciones del Código que permiten liberar gente que vuelve a delinquir: los regímenes de prelibertad, libertad condicional, salidas laborales, se han automatizado, no se constata debidamente si la persona está en condiciones de ser liberada anticipadamente, porque el mero vencimiento del plazo es suficiente para dejarla en libertad”.
“Claro que el Código por sí solo no soluciona el problema –agrega–, tiene que haber políticas de inclusión, un tratamiento diferente de la cuestión policial, prevención y disuasión. Precisamente todas estas cosas que están alrededor de la ley penal son más importantes de solucionar que la letra del Código”.
El propio doctor Gil Lavedra señala este déficit: “En materia de seguridad hay una ausencia de políticas claras del gobierno nacional, incluso hay cuestiones sumamente defectuosas, como el mal empleo de las fuerzas de seguridad. A laGendarmería se la saca de las fronteras, que son un colador en materia de narcotráfico para cuidar Fuerte Apache, se demora inexplicablemente una reforma de la ley orgánica de la Policía Federal, no están especificadas las políticas de contención hacia un sector muy preocupante que es el de los menores. El Gobierno se niega sistemáticamente a dictar una ley penal juvenil”.
El debate sobre la reincidenciaLos temores a un relajamiento de la norma se centran especialmente en la cuestión de la reincidencia, que en reiteradas ocasiones el juez Zaffaroni ha calificado como anticonstitucional porque equivale, según él, a juzgar dos veces a una persona por la misma causa.
Gil Lavedra dice que, “si hay una tasa de reincidencia de 50%, ¿qué es lo que falló?
Además de la composición marcadamente garantista de la comisión que reformará el Código (ver puntos importantes), el otro motivo de discordia que surgió en las consultas realizadas por Infobae.com es el de la oportunidad de esta reforma. El abogado penalista Eduardo Gerome fue categórico: “No creo que sea necesaria una reforma, quizá sí un ordenamiento, pero una reforma trae aparejados cambios en la orientación del derecho penal y eso no es lo que necesitamos en este momento”.
La misma preocupación expresó su colega José Scelzi: “Lleva tiempo crear una masa crítica en torno a los conceptos que deben regir las instituciones respecto a los delitos conocidos por todos: contra la vida, el honor, la libertad, el patrimonio, etcétera. Sobre estas figuras, las posibilidades de reforma son muy reducidas, casi cosméticas. En todos los proyectos anteriores hay un denominador común: prácticamente no se altera la matriz de los delitos esenciales. Una reforma tiene que ser muy acotada porque la seguridad jurídica exige que las normas tengan estabilidad en el tiempo. Como el derecho crea una presunción que descansa sobre la idea de que todos los ciudadanos conocen la ley, es necesario que se mantenga estable; si se modifica radicalmente el Código Penal, eso haría que ni los especialistas conozcan su contenido por lo menos por una década”.
“No hay que sentirse llamado a realizar una revolución en la materia sino encarar un proceso de reforma con un espíritu de prudencia y sin anteponer las aspiraciones académicas de ninguno de los integrantes de la comisión a las necesidades reales de la sociedad”, agregó Scelzi, en evidente alusión a Zaffaroni.
Consultado por este medio, Ricardo Gil Lavedra, integrante de la comisión, señaló que críticas como la de Cohen Agrest parten de “un doble equívoco”: “Primero, pensar que la situación de inseguridad la resuelve el Código Penal, cuando en realidad eso depende de políticas públicas para establecer una ciudadanía más respetuosa de la ley, una policía eficiente y honesta, un servicio de justicia que actúe con prontitud y un sistema carcelario que cumpla su función. El segundo equívoco es el de que las penas tienen necesariamente un peso disuasivo en punto a su magnitud. Partiendo de esas dos premisas se puede creer que una reforma del Código debe tender a establecer penas muy duras. Pero hoy tenemos una situación grave de inseguridad pese a todas las reformas Blumberg”.
Sobre esto, el doctor Gerome dice que “es muy cierto aquí y en todo el mundo que si la ley no se cumple ni hay quien la haga respetar, obviamente no se soluciona el problema”. Pero denuncia que “en este momento los jueces están en una carrera por ver quién es más permisivo en el tratamiento de los delincuentes y van encontrando permanentemente nuevas interpretaciones del Código que permiten liberar gente que vuelve a delinquir: los regímenes de prelibertad, libertad condicional, salidas laborales, se han automatizado, no se constata debidamente si la persona está en condiciones de ser liberada anticipadamente, porque el mero vencimiento del plazo es suficiente para dejarla en libertad”.
“Claro que el Código por sí solo no soluciona el problema –agrega–, tiene que haber políticas de inclusión, un tratamiento diferente de la cuestión policial, prevención y disuasión. Precisamente todas estas cosas que están alrededor de la ley penal son más importantes de solucionar que la letra del Código”.
El propio doctor Gil Lavedra señala este déficit: “En materia de seguridad hay una ausencia de políticas claras del gobierno nacional, incluso hay cuestiones sumamente defectuosas, como el mal empleo de las fuerzas de seguridad. A laGendarmería se la saca de las fronteras, que son un colador en materia de narcotráfico para cuidar Fuerte Apache, se demora inexplicablemente una reforma de la ley orgánica de la Policía Federal, no están especificadas las políticas de contención hacia un sector muy preocupante que es el de los menores. El Gobierno se niega sistemáticamente a dictar una ley penal juvenil”.
El debate sobre la reincidenciaLos temores a un relajamiento de la norma se centran especialmente en la cuestión de la reincidencia, que en reiteradas ocasiones el juez Zaffaroni ha calificado como anticonstitucional porque equivale, según él, a juzgar dos veces a una persona por la misma causa.
Gil Lavedra dice que, “si hay una tasa de reincidencia de 50%, ¿qué es lo que falló?
Ha fallado el propósito esencial que tiene la privación de la libertad, que el Estado se asegure de que la persona que ingresa al sistema carcelario no vuelva a delinquir, pero esto no es un problema del Código Penal, sino del sistema carcelario y del tratamiento de la ejecución de la pena”.
¿La solución entonces es eliminar la reincidencia?, fue la pregunta de Infobae.com.
–Es un anteproyecto, no hemos llegado a ese punto.
Pero, ¿está o no en discusión el tema de la eliminación de la reincidencia?
–“Seguramente lo va a estar”, responde.
¿La solución entonces es eliminar la reincidencia?, fue la pregunta de Infobae.com.
–Es un anteproyecto, no hemos llegado a ese punto.
Pero, ¿está o no en discusión el tema de la eliminación de la reincidencia?
–“Seguramente lo va a estar”, responde.
“Todavía no llegamos a esa parte, de todos modos no importa, lo que cuenta es que tenemos todos el mismo objetivo: una sociedad más pacífica, con seguridad para poder gozar de bienes jurídicos como la vida, la libertad, la propiedad, todos estamos de acuerdo en eso, en consecuencia se trata de definir cuáles son los instrumentos”.
Federico Pinedo también dijo a Infobae.com que aún no se ha debatido el tema en la comisión, pero aclara que, para él, “la discusión sobre la peligrosidad de las personas es absolutamente relevante y una de las principales cosas a tener en cuenta en esta reforma”. “En esto hay dos posturas –puntualiza–, una que piensa el derecho penal como un derecho individual y sostiene que no se puede penalizar a alguien por un hecho con motivo de haber cometido otro anteriormente y hay otra visión del Código Penal como un fenómeno público, colectivo, que busca la manera de proteger a la sociedad frente a peligros inminentes. Para mí está claro que el derecho penal es un derecho público, de valoración colectiva, que debe proteger la convivencia frente a situaciones extremas”.
Es la misma postura de Scelzi, para quien el Código Penal “es también una construcción cultural”. “Hay que tener uno que sirva a las necesidades de justicia de una determinada comunidad. No se puede decir ‘en Finlandia, frente a una persona que viola a una menor, se hace tal cosa’. Acá, a quien viola un menor, la gente lo quiere ver preso, condenado y privado
Federico Pinedo también dijo a Infobae.com que aún no se ha debatido el tema en la comisión, pero aclara que, para él, “la discusión sobre la peligrosidad de las personas es absolutamente relevante y una de las principales cosas a tener en cuenta en esta reforma”. “En esto hay dos posturas –puntualiza–, una que piensa el derecho penal como un derecho individual y sostiene que no se puede penalizar a alguien por un hecho con motivo de haber cometido otro anteriormente y hay otra visión del Código Penal como un fenómeno público, colectivo, que busca la manera de proteger a la sociedad frente a peligros inminentes. Para mí está claro que el derecho penal es un derecho público, de valoración colectiva, que debe proteger la convivencia frente a situaciones extremas”.
Es la misma postura de Scelzi, para quien el Código Penal “es también una construcción cultural”. “Hay que tener uno que sirva a las necesidades de justicia de una determinada comunidad. No se puede decir ‘en Finlandia, frente a una persona que viola a una menor, se hace tal cosa’. Acá, a quien viola un menor, la gente lo quiere ver preso, condenado y privado
de la libertad por muchos años. No es posible generar construcciones minimalistas del derecho como las que arman algunos especialistas con ideologías que no se concilian con el clamor de justicia de nuestro pueblo”.
“Hay temas sobre los cuales no se ha expedido
“Hay temas sobre los cuales no se ha expedido
el Código Penal argentino –admite sin embargo Scelzi–: ingeniería genética, eutanasia, delitos contra el medio ambiente; o derechos que han quedado desprotegidos, como el honor de las personas, el crédito de las empresas o la ofensa a los símbolos religiosos; sobre eso se podría avanzar, pero nunca ir hacia el desistimiento del derecho penal como, por ejemplo, la famosa figura de la reincidencia que se quiere eliminar. Países culturalmente afines al nuestro, como Uruguay, no eliminaron la reincidencia”.
“Ni siquiera en términos abstractos tiene sentido la argumentación contra la reincidencia, sostiene Gerome. Si interpretamos el derecho en sentido contrario a los intereses de la sociedad, lo podemos hacer, pero en todos los países del mundo el concepto de reincidencia es tenido en cuenta. El mejor juicio a una política son los resultados y hoyen Argentina padecemos los resultados de esta política permisiva. La cárcel no soluciona todos los problemas de la delincuencia; influye la política social, pero no podemos permitir que por nuestra actitud permisiva tengamos los hechos delictivos que tenemos a diario”.
“Parece que quienes encaran este tipo de reforma lo están haciendo para un mundo ideal, no para la sociedad de hoy, dijo Gerome. Es indiscutible que tiene que haber garantías para un delincuente. Pero también tiene que haber garantías para la sociedad en el enjuiciamiento a ese delincuente”.
Y advirtió: “Una reforma implicaría llevar al Código Penal todas estas orientaciones que apuntan a dar mayores posibilidades para que el que comete delitos no sea sancionado o pueda aludir el rigor de una pena y la reforma va en ese sentido, cambia la orientación hacia una reducción de la aplicación del derecho penal”.
“El abolicionismo es una tragedia para la Argentina, coincide Scelzi. El derecho penal es indispensable para tener seguridad jurídica, un principio que exige una ley cierta, es decir, conocida por todos y absolutamente segura en su contenido, una autoridad que la aplique necesariamente de acuerdo a la normativa que la propia ley establece, y que lo que esa autoridad decida se cumpla. Esto es lo que en nuestro paísen este momento no existe. Y hay gente que sigue propiciando reducir la injerencia del derecho penal en la vida de los argentinos. Son teorías que están trayendo tragedia e inseguridad jurídica”.
¿Consultas o libro cerrado?
“Si tuviésemos la tranquilidad de que después se le va a dar a toda la comunidad científica la posibilidad de expedirse sobre esta reforma… –acota Scelzi– pero los últimos ensayos están mostrando que se aprueba a libro cerrado lo que deciden estas comisiones”.
Hay una página web en la cual se pueden dejar sugerencias. Pero además, Gil Lavedra dijo que cuando la comisión tenga “un preproyecto” no sólo lo va a dar “a publicidad” sino que van a acceder “a una etapa de consulta, con las universidades, con las entidades intermedias”. “Cuantas más personas se consulten, mayor legitimidad va a tener el proyecto y mayor posibilidad de acierto”, aseguró.
“Seguramente vamos a proceder a consultas en un momento posterior, coincidió Pinedo, pero por ahora estamos trabajando. Mientras tanto, hay mecanismos de consulta no orgánicos, yo tengo reuniones regulares con catedráticos de derecho penal”.
Infobae.com también preguntó a Diana Cohen Agrest acerca de si alguna autoridad se comunicó con ella luego de la publicación de su artículo.
“Ni siquiera en términos abstractos tiene sentido la argumentación contra la reincidencia, sostiene Gerome. Si interpretamos el derecho en sentido contrario a los intereses de la sociedad, lo podemos hacer, pero en todos los países del mundo el concepto de reincidencia es tenido en cuenta. El mejor juicio a una política son los resultados y hoyen Argentina padecemos los resultados de esta política permisiva. La cárcel no soluciona todos los problemas de la delincuencia; influye la política social, pero no podemos permitir que por nuestra actitud permisiva tengamos los hechos delictivos que tenemos a diario”.
“Parece que quienes encaran este tipo de reforma lo están haciendo para un mundo ideal, no para la sociedad de hoy, dijo Gerome. Es indiscutible que tiene que haber garantías para un delincuente. Pero también tiene que haber garantías para la sociedad en el enjuiciamiento a ese delincuente”.
Y advirtió: “Una reforma implicaría llevar al Código Penal todas estas orientaciones que apuntan a dar mayores posibilidades para que el que comete delitos no sea sancionado o pueda aludir el rigor de una pena y la reforma va en ese sentido, cambia la orientación hacia una reducción de la aplicación del derecho penal”.
“El abolicionismo es una tragedia para la Argentina, coincide Scelzi. El derecho penal es indispensable para tener seguridad jurídica, un principio que exige una ley cierta, es decir, conocida por todos y absolutamente segura en su contenido, una autoridad que la aplique necesariamente de acuerdo a la normativa que la propia ley establece, y que lo que esa autoridad decida se cumpla. Esto es lo que en nuestro paísen este momento no existe. Y hay gente que sigue propiciando reducir la injerencia del derecho penal en la vida de los argentinos. Son teorías que están trayendo tragedia e inseguridad jurídica”.
¿Consultas o libro cerrado?
“Si tuviésemos la tranquilidad de que después se le va a dar a toda la comunidad científica la posibilidad de expedirse sobre esta reforma… –acota Scelzi– pero los últimos ensayos están mostrando que se aprueba a libro cerrado lo que deciden estas comisiones”.
Hay una página web en la cual se pueden dejar sugerencias. Pero además, Gil Lavedra dijo que cuando la comisión tenga “un preproyecto” no sólo lo va a dar “a publicidad” sino que van a acceder “a una etapa de consulta, con las universidades, con las entidades intermedias”. “Cuantas más personas se consulten, mayor legitimidad va a tener el proyecto y mayor posibilidad de acierto”, aseguró.
“Seguramente vamos a proceder a consultas en un momento posterior, coincidió Pinedo, pero por ahora estamos trabajando. Mientras tanto, hay mecanismos de consulta no orgánicos, yo tengo reuniones regulares con catedráticos de derecho penal”.
Infobae.com también preguntó a Diana Cohen Agrest acerca de si alguna autoridad se comunicó con ella luego de la publicación de su artículo.
“Es ingenuo pensar que me van a llamar, ojalá sucediera. Menos mal que tenemos a los medios. Aunque es verdad que a veces hacen amarillismo, es el único ámbito donde se pueden ver cosas que en otros lados se tapan”.
Se lamentó por no ser escuchada. “La gente te invalida por ser víctima, no se puede hablar desde el dolor, dicen. El progresismo asegura que ‘hay que devolverle la voz a la víctima, pero a ésta sólo se la escucha cuando colabora con el sistema”.
Y a modo de reflexión final dice: “Siempre los grandes cambios se hacen desde los márgenes. Y en este momento el margen es esto, no es el del supuesto progresismo”, concluyó.
Se lamentó por no ser escuchada. “La gente te invalida por ser víctima, no se puede hablar desde el dolor, dicen. El progresismo asegura que ‘hay que devolverle la voz a la víctima, pero a ésta sólo se la escucha cuando colabora con el sistema”.
Y a modo de reflexión final dice: “Siempre los grandes cambios se hacen desde los márgenes. Y en este momento el margen es esto, no es el del supuesto progresismo”, concluyó.
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