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jueves, 25 de septiembre de 2014

¿ Mas Totalitarismo ?

2014

MAS TOTALITARISMO.
Por  
Jorge R. Enríquez.

La Constitución Nacional 
tiene como uno de sus 
ejes fundamentales la 
defensa de la libertad 
individual. 
Las sucesivas reformas,
 incluida la de 1994, no 
han alterado sustancialmente este principio básico. 
En todo caso, han incorporado nociones, propias del constitucionalismo social, que tienden a que la libertad no sea un mero postulado formal, sino que pueda ser efectivamente gozada por todos los habitantes. Por eso, el Estado puede y debe desarrollar políticas que tiendan, por ejemplo, a la igualdad de oportunidades. Esos nuevos enfoques no sustituyen la primacía de la libertad de las personas, consagrada en el artículo 19: “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
En el terreno económico, la libertad también es la regla. A esta altura de los tiempos, nadie discute que esa libertad no es absoluta y que el Estado tiene la potestad de fijar regulaciones con variadas finalidades de bien público, como la defensa de la competencia, los derechos de los consumidores, la protección de los trabajadores, la preservación del ambiente, etc. Todos los Estados, aún los más liberales, intervienen de una forma u otra en la economía. En nuestro país, esa intervención ha sido admitida – aun cuando restringiera o postergara el ejercicio de ciertos derechos - desde antiguo por la Corte Suprema. Ya en 1922 en el fallo “Ercolano” se convalidó una ley que afectaba el derecho de propiedad de los locadores – ante un congelamiento retroactivo de los alquileres - con fundamento en la emergencia ocupacional. Variadas formas de intervención, con o sin invocación de la emergencia, fueron admitidas a partir de entonces.

Sin embargo, la ley de abastecimiento que acaba de sancionar el Congreso Nacional va mucho más allá de la fijación de estándares generales para la producción o comercialización de bienes y servicios. Se faculta al Secretario de Comercio a establecer infracciones y aplicar sanciones sin otra guía que la de conceptos indeterminados y vagos, como “ganancia excesiva”, “intermediación innecesaria” o “elevación artificial de los precios”. Se permite fijar precios máximos o confiscar mercaderías con una absoluta discrecionalidad. Del mismo modo, se autoriza a clausuras empresas. Todo ello sin orden judicial.
No hace falta ser experto en derecho constitucional o administrativo para comprender que esas facultades exorbitantes violan diversas disposiciones de la Constitución Nacional, como la de “trabajar y ejercer toda industria lícita” (art. 14), el derecho de propiedad (art. 17), el debido proceso (art. 18) o el principio de razonabilidad (art. 28), además de repugnar abiertamente la división de poderes, clave de bóveda del sistema republicano, al erigir a funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo en amos y señores del patrimonio de los ciudadanos.
La ley convierte a todas las empresas en meras concesionarias del Estado y eleva a la arbitrariedad, es decir, al capricho, en la única norma firme. Si ya los estímulos para la inversión privada eran muy débiles, ahora, cuando más se los necesita en medio de una severa recesión, el oficialismo pretende sepultarlos. Esperemos que el Poder Judicial ponga rápidamente límites a este nuevo atropello, porque están en juego el empleo y la calidad de vida de millones de argentinos.
Viernes 19 de setiembre de 2014

Dr. Jorge R. Enríquez

jrenriquez2000@gmail.com

twitter: @enriquezjorge 

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