Ahora van por los
Héroes de Malvinas.
Publicado el 19 de Enero, 2007 en
Actualidad,
Columnistas,
Horacio Zaratiegui.
El ahora Capitán de Navío Bernardo Schweizer siguió una carrera como la de pocos: Infante de Marina, Comando Anfibio, Comando del Ejercito Argentino, Paracaidista Militar…
Uno de esos tipos a los que le cabe aquello de “Soldado de Soldados”. Quizá por ello se haya ganado el honor de ser — junto al entonces Cabo Principal Carlos Cequeira– uno de los dos primeros argentinos en desembarcar en Malvinas, a eso de las 22:45 del 1 de Abril (sí, el 1°, no el 2…) de 1982: lo hicieron en un kayac de los Comandos Anfibios, con la misión de “marcar” la playa en la que desembarcaría el resto de la fuerza argentina. Los diarios del mundo los mostraron –irreconocibles– en su uniforme oscuro, la cara ennegrecida por la crema de camouflage, con el gorro de lana negra, y la ametralladora Sterling –irónicamente, de fabricación inglesa– en las manos.
En estas horas, “Tatele” Schweizer está preparando su equipo para volver a Buenos Aires. Este Soldado Veterano de la Guerra de Malvinas vuelve desde Haití a cumplir un arresto de 90 (¡NOVENTA!) días, impuesto por la ministro de indefensión y simpatizante montonera Garré, castigo que lleva como accesoria su pase a retiro obligatorio. La Patria pierde a otro Soldado –de los “de en serio”, en el que invirtió años y recursos para formarlo, al que recurrió para defender la soberanía ante el invasor-, simplemente porque al gobierno de turno no le gusta como piensa. ¿Y cómo saben lo que piensa? Porque alguien interceptó un mail PRIVADO que “Tatele” envió a unos amigos…
Los derechos y garantías violados
13/4/05 (http://www.clarin.com/diario/2005/04/13/sociedad/s-02904.htm)
MARCHA ATRAS CON UNA MEDIDA RESISTIDA
Un fallo ratificó que los mails son privados
“En medio de la fuerte polémica por el intento de controlar a los usuarios de Internet, la Cámara del Crimen reivindicó la privacidad del correo electrónico al revocar un procesamiento contra un ex ejecutivo de una empresa multinacional, que había sido dictada sobre la base de e-mails personales.
El fallo de la Sala Cuarta de la Cámara se conoció ayer, en una causa en la que uno de los directivos de una empresa que provee servicios de asistencia al viajero había sido procesado por el entonces juez de instrucción Mariano Bergés por el delito de defraudación.
Para aquel procesamiento, se había tomado como prueba una lista de mensajes privados del correo electrónico del ejecutivo, presentada por la empresa denunciante.
Los jueces María Laura Garrigós de Rébori y Mariano González Palazzo rechazaron la prueba aportada por la empresa porque “de lo contrario se asentiría la violación de las garantías constitucionales” de inviolabilidad de la correspondencia y protección de las acciones privadas.
“La invulnerabilidad de esta forma de comunicación (los e-mails), y todo lo que se entienda por ella, era y sigue siendo una regla capital para el desenvolvimiento del derecho de autonomía o autodeterminación personal en un Estado constitucional y democrático de derecho”, subrayaron los jueces.
La jurisprudencia indica que ya en una sentencia anterior la Justicia había determinado “que el correo electrónico es equiparable, a los fines de su protección constitucional, con la correspondencia epistolar (artículo 18 de la Constitución Nacional). De este modo el e-mail se encuentra comprendido en los alcances de la inviolabilidad de la correspondencia privada”.
En esta causa, los camaristas enfatizaron que “el empleador tiene prohibido, en principio, leer e-mails enviados o recibidos por sus empleados”, ya que, en caso de hacerlo, “violaría el derecho de privacidad del trabajador”.
El abogado Gustavo Romano Duffau, defensor del ejecutivo de la multinacional, destacó que “la justicia sancionó con la nulidad la conducta de un empleador que dice haber encontrado en el lugar de trabajo de su empleado mails impresos por cuanto no tienen ni como remitente ni como destinatario la empresa empleadora”.
La resolución judicial se conoció en momentos en que el Gobierno Nacional dio marcha atrás a un decreto reglamentario de una ley que disponía a las empresas almacenar por diez años los chats y los e-mails con el argumento de detectar delitos, luego de serios cuestionamientos desde distintos sectores”.
La inviolabilidad de la correspondencia epistolar consagrada en el art. 18 de la Constitución se extiende a todas las comunicaciones realizadas por cualquier medio. La garantía consagrada en el artículo 18 –inviolabilidad de la correspondencia, reitero– no resulta desconocida por la ley de telecomunicaciones. Los artículos 18, 19, 20 y 21 de la ley de Telecomunicaciones Nº 19.798 conservan su plena vigencia y no son desconocidos por las modificaciones introducidas por la ley N° 25.873. Particular relevancia tiene el artículo 19 citado en cuanto señala que la inviolabilidad de la correspondencia de telecomunicaciones “importa la prohibición de abrir, sustraer, interceptar, interferir, cambiar su texto, desviar su curso, publicar, usar, tratar de conocer o facilitar que otra persona que no sea su destinatario conozca la existencia o el contenido de cualquier comunicación confiada a los prestadores del servicio y la de dar ocasión de cometer tales actos”.
“La falta”
La “falta” que motivó el arresto y pase a retiro del Capitán Bernardo Schweizer:
“Tatele” escribió un mail a unos amigos, en el que expresaba su descontento con el energúmeno, el mismo comandante en jefe que los basurera, los insulta, les falta el respeto permanentemente.
Una copia del mail de Bernardo llegó al escritorio de la montoneril Garré (¿COMO? Alguien debería investigarlo, porque aquí se cometió un delito contra un “derecho humano” de un argentino).
Si todos, ante todo, somos ciudadanos, y estamos protegidos por la Constitución Nacional, ¿por qué se sanciona y pasa a retiro obligatorio a un brillante Oficial de la Armada, Veterano de Malvinas, por el contenido de un mail PRIVADO que él enviara a un grupo de amigos?
Sea como sea, el Capitán Schweizer volvió a Haití a “levantar” sus cosas y despedirse de sus camaradas. Seguramente se pregunte porqué no se respetaron sus derechos mientras esté cumpliendo sus 90 días de arresto en en el Arsenal Naval de Azul o en la Base Naval Puerto Belgrano, antes de volver a la vida civil.
Nada sorprende ya en esta armada K., la misma que en su página oficial de internet (www.ara.mil.ar) homenajea a un Héroe Antártico, el Almirante Hermes Quijada (uno de los dos primeros aviadores argentinos en aterrizar en el Polo Sur, el 6/1/62), al cumplirse el 45° aniversario de su hazaña… pero ni se anima a mencionar que su vida terminó el 31/4/73, a manos de terroristas, cómplices de los que ahoran están en el gobierno… y que siguen “matando” a nuestros hombres de armas.
Autor: Horacio Zaratiegui
No hay comentarios:
Publicar un comentario