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domingo, 18 de mayo de 2014

Ahora van ...

Ahora van por  los 

Héroes de Malvinas.


Publicado el 19 de Enero, 2007 en 

Actualidad,
Columnistas,

Horacio Zaratiegui.

El ahora Capi­tán de Navío Bernardo Sch­wei­zer siguió una carrera como la de pocos: Infante de Marina, Comando Anfibio, Comando del Ejercito Argentino, Para­cai­dista Mili­tar…     



















  Uno de esos tipos a los que le cabe aque­llo de “Sol­dado de Sol­da­dos”. Quizá por ello se haya ganado el honor de ser — junto al enton­ces Cabo Prin­ci­pal Car­los Cequeira– uno de los dos pri­me­ros argen­ti­nos en des­em­bar­car en Mal­vi­nas, a eso de las 22:45 del 1 de Abril (sí, el 1°, no el 2…) de 1982: lo hicie­ron en un kayac de los Coman­dos Anfi­bios, con la misión de “mar­car” la playa en la que des­em­bar­ca­ría el resto de la fuerza argen­tina. Los dia­rios del mundo los mos­tra­ron –irre­co­no­ci­bles– en su uni­forme oscuro, la cara enne­gre­cida por la crema de camou­flage, con el gorro de lana negra, y la ame­tra­lla­dora Ster­ling –iró­ni­ca­mente, de fabri­ca­ción inglesa– en las manos.
En estas horas, “Tatele” Sch­wei­zer está pre­pa­rando su equipo para vol­ver a Bue­nos Aires. Este Sol­dado Vete­rano de la Gue­rra de Mal­vi­nas vuelve desde Haití a cum­plir un arresto de 90 (¡NOVENTA!) días, impuesto por la minis­tro de inde­fen­sión y sim­pa­ti­zante mon­to­nera Garré, cas­tigo que lleva como acce­so­ria su pase a retiro obli­ga­to­rio. La Patria pierde a otro Sol­dado –de los “de en serio”, en el que invir­tió años y recur­sos para for­marlo, al que recu­rrió para defen­der la sobe­ra­nía ante el invasor-, sim­ple­mente por­que al gobierno de turno no le gusta como piensa. ¿Y cómo saben lo que piensa? Por­que alguien inter­ceptó un mail PRI­VADO que “Tatele” envió a unos amigos…
Los dere­chos y garan­tías violados

13/4/05 (http://www.clarin.com/diario/2005/04/13/sociedad/s-02904.htm)

MAR­CHA ATRAS CON UNA MEDIDA RESIS­TIDA
Un fallo rati­ficó que los mails son privados

“En medio de la fuerte polé­mica por el intento de con­tro­lar a los usua­rios de Inter­net, la Cámara del Cri­men reivin­dicó la pri­va­ci­dad del correo elec­tró­nico al revo­car un pro­ce­sa­miento con­tra un ex eje­cu­tivo de una empresa mul­ti­na­cio­nal, que había sido dic­tada sobre la base de e-mails per­so­na­les.
El fallo de la Sala Cuarta de la Cámara se cono­ció ayer, en una causa en la que uno de los direc­ti­vos de una empresa que pro­vee ser­vi­cios de asis­ten­cia al via­jero había sido pro­ce­sado por el enton­ces juez de ins­truc­ción Mariano Ber­gés por el delito de defrau­da­ción.
Para aquel pro­ce­sa­miento, se había tomado como prueba una lista de men­sa­jes pri­va­dos del correo elec­tró­nico del eje­cu­tivo, pre­sen­tada por la empresa denun­ciante.
Los jue­ces María Laura Garri­gós de Rébori y Mariano Gon­zá­lez Palazzo recha­za­ron la prueba apor­tada por la empresa por­que “de lo con­tra­rio se asen­ti­ría la vio­la­ción de las garan­tías cons­ti­tu­cio­na­les” de invio­la­bi­li­dad de la corres­pon­den­cia y pro­tec­ción de las accio­nes pri­va­das.
“La invul­ne­ra­bi­li­dad de esta forma de comu­ni­ca­ción (los e-mails), y todo lo que se entienda por ella, era y sigue siendo una regla capi­tal para el desen­vol­vi­miento del dere­cho de auto­no­mía o auto­de­ter­mi­na­ción per­so­nal en un Estado cons­ti­tu­cio­nal y demo­crá­tico de dere­cho”, sub­ra­ya­ron los jue­ces.
La juris­pru­den­cia indica que ya en una sen­ten­cia ante­rior la Jus­ti­cia había deter­mi­nado “que el correo elec­tró­nico es equi­pa­ra­ble, a los fines de su pro­tec­ción cons­ti­tu­cio­nal, con la corres­pon­den­cia epis­to­lar (artículo 18 de la Cons­ti­tu­ción Nacio­nal). De este modo el e-mail se encuen­tra com­pren­dido en los alcan­ces de la invio­la­bi­li­dad de la corres­pon­den­cia pri­vada”.
En esta causa, los cama­ris­tas enfa­ti­za­ron que “el emplea­dor tiene prohi­bido, en prin­ci­pio, leer e-mails envia­dos o reci­bi­dos por sus emplea­dos”, ya que, en caso de hacerlo, “vio­la­ría el dere­cho de pri­va­ci­dad del tra­ba­ja­dor”.
El abo­gado Gus­tavo Romano Duf­fau, defen­sor del eje­cu­tivo de la mul­ti­na­cio­nal, des­tacó que “la jus­ti­cia san­cionó con la nuli­dad la con­ducta de un emplea­dor que dice haber encon­trado en el lugar de tra­bajo de su empleado mails impre­sos por cuanto no tie­nen ni como remi­tente ni como des­ti­na­ta­rio la empresa emplea­dora”.
La reso­lu­ción judi­cial se cono­ció en momen­tos en que el Gobierno Nacio­nal dio mar­cha atrás a un decreto regla­men­ta­rio de una ley que dis­po­nía a las empre­sas alma­ce­nar por diez años los chats y los e-mails con el argu­mento de detec­tar deli­tos, luego de serios cues­tio­na­mien­tos desde dis­tin­tos sectores”.

La invio­la­bi­li­dad de la corres­pon­den­cia epis­to­lar con­sa­grada en el art. 18 de la Cons­ti­tu­ción se extiende a todas las comu­ni­ca­cio­nes rea­li­za­das por cual­quier medio. La garan­tía con­sa­grada en el artículo 18 –invio­la­bi­li­dad de la corres­pon­den­cia, reitero– no resulta des­co­no­cida por la ley de tele­co­mu­ni­ca­cio­nes. Los artícu­los 18, 19, 20 y 21 de la ley de Tele­co­mu­ni­ca­cio­nes Nº 19.798 con­ser­van su plena vigen­cia y no son des­co­no­ci­dos por las modi­fi­ca­cio­nes intro­du­ci­das por la ley N° 25.873. Par­ti­cu­lar rele­van­cia tiene el artículo 19 citado en cuanto señala que la invio­la­bi­li­dad de la corres­pon­den­cia de tele­co­mu­ni­ca­cio­nes “importa la prohi­bi­ción de abrir, sus­traer, inter­cep­tar, inter­fe­rir, cam­biar su texto, des­viar su curso, publi­car, usar, tra­tar de cono­cer o faci­li­tar que otra per­sona que no sea su des­ti­na­ta­rio conozca la exis­ten­cia o el con­te­nido de cual­quier comu­ni­ca­ción con­fiada a los pres­ta­do­res del ser­vi­cio y la de dar oca­sión de come­ter tales actos”.

“La falta”

La “falta” que motivó el arresto y pase a retiro del Capi­tán Bernardo Schweizer:

“Tatele” escri­bió un mail a unos amigos, en el que expresaba su descontento con el energúmeno, el mismo coman­dante en jefe que los basurera, los insulta, les falta el res­peto permanentemente.
Una copia del mail de Ber­nardo llegó al escri­to­rio de la mon­to­ne­ril  Garré (¿COMO? Alguien debe­ría inves­ti­garlo, por­que aquí se come­tió un delito con­tra un “dere­cho humano” de un argentino).
Si todos, ante todo, somos ciu­da­da­nos, y esta­mos pro­te­gi­dos por la Cons­ti­tu­ción Nacio­nal, ¿por qué se san­ciona y pasa a retiro obli­ga­to­rio a un bri­llante Ofi­cial de la Armada, Vete­rano de Mal­vi­nas, por el con­te­nido de un mail PRI­VADO que él enviara a un grupo de ami­gos?
Sea como sea, el Capi­tán Sch­wei­zer vol­vió a Haití a “levan­tar” sus cosas y des­pe­dirse de sus cama­ra­das. Segu­ra­mente se pre­gunte por­qué no se res­pe­ta­ron sus dere­chos mien­tras esté cum­pliendo sus 90 días de arresto en en el Arse­nal Naval de Azul o en la Base Naval Puerto Bel­grano, antes de vol­ver a la vida civil.

Nada sor­prende ya en esta armada K., la misma que en su página ofi­cial de inter­net (www.ara.mil.ar) home­na­jea a un Héroe Antár­tico, el Almi­rante Her­mes Qui­jada (uno de los dos pri­me­ros avia­do­res argen­ti­nos en ate­rri­zar en el Polo Sur, el 6/1/62), al cum­plirse el 45° aniver­sa­rio de su hazaña… pero ni se anima a men­cio­nar que su vida ter­minó el 31/4/73, a manos de terro­ris­tas, cóm­pli­ces de los que aho­ran están en el gobierno… y que siguen “matando” a nues­tros hom­bres de armas.

Autor: Horacio Zaratiegui

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